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sábado, 26 de febrero de 2011
Movitar fue multada por publicidad engañosa

El no precisar bien las condiciones de una de sus promociones le ha costado caro a la empresa de telefonía Movistar, ya que Indecopi resolvió que la campaña “Quintuplica Movistar” incidió en publicidad engañosa, ya que no se cumplió con el beneficio prometido.
La Comisión de Fiscalización y Competencia Desleal de Indecopi explicó que Movistar cobró hasta 300% más del valor de la tarifa de llamada a los usuarios afiliados a “tarifa única” que decidieron quintuplicar su saldo. Es decir, “no lograron obtener una efectiva quintuplicación del monto recargado”.
Asimismo Indecopi constató que la operadora móvil indicaba en su página web que el monto promocional se haría efectivo hasta en dos días después de la recarga, sin embargo la publicidad señalaba que esto sucedería inmediatamente después de marcar *515 o enviando un mensaje de texto al 515.
Es por eso que la Comisión de Fiscalización decidió castigar a la empresa con 700 UIT, equivalentes a 2 millones 520 soles y le exigió que deje de difundir estos avisos publicitarios.
Pese a que la operadora móvil apeló a la decisión ante la Sala de Defensa de la Competencia N° 1, esta confirmó la sentencia inicial.
La Comisión de Fiscalización y Competencia Desleal de Indecopi explicó que Movistar cobró hasta 300% más del valor de la tarifa de llamada a los usuarios afiliados a “tarifa única” que decidieron quintuplicar su saldo. Es decir, “no lograron obtener una efectiva quintuplicación del monto recargado”.
Asimismo Indecopi constató que la operadora móvil indicaba en su página web que el monto promocional se haría efectivo hasta en dos días después de la recarga, sin embargo la publicidad señalaba que esto sucedería inmediatamente después de marcar *515 o enviando un mensaje de texto al 515.
Es por eso que la Comisión de Fiscalización decidió castigar a la empresa con 700 UIT, equivalentes a 2 millones 520 soles y le exigió que deje de difundir estos avisos publicitarios.
Pese a que la operadora móvil apeló a la decisión ante la Sala de Defensa de la Competencia N° 1, esta confirmó la sentencia inicial.
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